Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0622/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0622/2020

    Fecha: 12-Oct-2020

    I.2.2. Respuesta al recurso

    I.2.2. Respuesta al recurso
    • Distrito: Cochabamba
    • Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Cuarto de Partido de Trabajo y Seguridad
    • Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
    • En esa interpretación, cabe recordar que las mismas demuestran el perjuicio causado a su empresa,
    • Adujo que no se consideró que fue su socio quien autorizó el despido ante el
    • Señaló que la actora presentó como prueba, certificado de Fundempresa, NIT y copias de facturas,
    • Manifestó que la verdad material es un principio constitucional, consagrado en el art
    • Asimismo señaló que el derecho a la defensa, implica, relacionado por un lado, con el
    • Finalmente señaló que el juez a quo, no consideró su predisposición de pagar los derechos
    • Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, revoque el auto de vista impugnado, con
    • I.2.2. Respuesta al recurso
    • CONSIDERANDO II
    • II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
    • Que así planteado el recurso, corresponde su análisis y consideración, de donde se tiene lo
    • En base a estos antecedentes se llega a la convicción de que la actora fue
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca