Auto Supremo AS/0528/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0528/2020

Fecha: 06-Nov-2020

La propiedad agrícola al haber sido titulado por el Estado boliviano, como consecuencia de un

Ahora bien, en base a los antecedentes señalados, el Art. 188 inc. c) de la Ley Nº 603, establece que son bienes comunes los adquiridos por modo directo, los que se obtengan por concesión o adjudicación del Estado. En el caso que se considera, la adquisición de los terrenos dotados al demandado Donaciano Villarroel Muriel, tuvo origen dentro la vigencia del matrimonio con Marina Valencia que estuvo vigente desde 7 de julio de 1966 hasta el año 1981, por lo que, conforme a la norma legal citada, la propiedad agraria objeto de la demanda se constituye un bien ganancial”.
La propiedad agrícola al haber sido titulado por el Estado boliviano, como consecuencia de un proceso de saneamiento en virtud al art. 48 de la Ley Nº 1715, dicho inmueble deviene en indivisible