Auto Supremo AS/0665/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0665/2020

Fecha: 23-Nov-2020

Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de vista recurrido, con

El pliego petitorio, concluye con el laudo arbitral, de 4 de noviembre de 2015, donde se determina que se deber restituir el bono de antigüedad de acuerdo al convenio colectivo de trabajo suscrito el 13 de marzo de 2003, solo a favor de los trabajadores que se han beneficiado con el convenio del 13 de marzo de 2013, y afectado con el convenio de 28 de febrero de 2013, con la modalidad de aplicarse su cálculo sobre cuatro sueldos mínimos nacionales, debiendo entenderse que la restitución es retroactiva al mes de febrero de 2013, hasta el presente, y en lo sucesivo, por tratarse de una conquista laboral y un derecho irrenunciable, en aplicación del art. 48.III de la CPE.
I.2.1 Petitorio
Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de vista recurrido, con costas en ambas instancias