Auto Supremo AS/0665/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0665/2020

Fecha: 23-Nov-2020

Si se analiza la sentencia de primera instancia, se evidencia que la misma no realiza

Si se analiza la sentencia de primera instancia, se evidencia que la misma no realiza un examen de los hechos transcritos en el recurso de apelación que demuestra en forma puntual la violación de los arts. 48 y 49 de la CPE, en merito a que este convenio, en su cláusula tercera, el empleador reconoce que es un derecho adquirido de los trabajadores, el pago del bono de antigüedad en base a 4 salarios mínimos nacionales y que el bono de té y transporte asciende a la suma de Bs. 450 en forma mensual, monto que fue disminuido a Bs. 300, según las papeletas de pago adjuntas, violándose con estos actos, el art. 4 de la LGT