Auto Supremo AS/0733/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0733/2020-RA

Fecha: 13-Nov-2020

a)

a)Por Sentencia 001/2012 de 6 de enero (fs. 213 a 220), el Juez de Partido y de Sustancias Controladas Liquidador y de Sentencia Nº 5 del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Roberto Carlos García Mamani, autor de la comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos en los arts. 345 y 346 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión, con costas y el resarcimiento del daño civil a favor del acusador particular, en relación a Gerónimo Velasco Uchali, responsable del delito de Apropiación Indebida tipificado en el art. 345 del CP, imponiendo la pena de tres meses de reclusión y absuelto del delito de Abuso de Confianza; asimismo, en relación a Arnaldo Velasco García y Clemente García Zeballos fueron absueltos de los delitos endilgados en su contra.

Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación que permite abrir excepcionalmente la competencia en aquellos casos en los que se denuncie la existencia de graves y evidentes infracciones a los derechos de las partes y que constituyan defectos absolutos no susceptibles de convalidación; posibilidad que se justifica teniendo presente: a) Que el fin último del derecho es la justicia; b) La tarea encomendada por ley al Tribunal Supremo referida precedentemente; c) La necesidad de precautelar se observen las normas procesales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio que prevén no se cometan actos procesales defectuosos, teniendo en cuenta que conforme la disposición contenida en el art. 115.II de la CPE, el Estado garantiza entre otros, los derechos al debido proceso y a la defensa; y, d) Las disposiciones relativas a la nulidad de actos procesales previstas por el art. 17 de la LOJ.