Esta situación, no acontece en el presente proceso, debido a que los argumentos expuestos en
Esta situación, no acontece en el presente proceso, debido a que los argumentos expuestos en la casación, en particular los referentes al tercer punto, tienen por objeto controvertir los fundamentos que fueron sustento de la Sentencia de primer grado, lo cual hace inviable su análisis, mucho más si consideramos que estos reclamos son copia de lo descrito en el recurso de apelación; extremo que imposibilita en mayor medida ingresar a su análisis, pues conforme se tiene establecido en los lineamientos jurisprudenciales emitidos por este Tribunal, el recurso de casación debe ser asimilado a una demanda de puro derecho, lo que quiere decir que el recurrente se encuentra obligado a examinar e impugnar los fundamentos de la resolución recurrida, demostrando en forma concreta y precisa, cómo, por qué y en qué forma hubieran sido violados su derechos y/o transgredidos sus intereses a tiempo de emitirse la resolución de apelación
- Proceso: Cumplimiento de obligación
- CONSIDERANDO II
- Por último, sostiene que es obligación del Ad quem decidir sobre los puntos omitidos, aunque
- Con base en todo lo expuesto, solicitó que este Tribunal Supremo case en el fondo
- Respuesta al recurso de casación
- No cursa memorial de contestación al recurso de casación
- CONSIDERANDO III
- Al respecto el Auto Supremo Nº 939/2015 de 14 de octubre, ha referido: “De lo
- III.2. No es viable en casación impugnar lo fundamentado en sentencia
- Sobre este tema el Auto Supremo Nº 493/2014 de 4 de septiembre, ha expresado que:
- A tal efecto y a manera de puntualizar el presente acápite en consideración de lo
- III.3. De la incongruencia omisiva
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- En ese entendido, el Tribunal de casación a momento de realizar el análisis sobre los
- III.4. De los requisitos y características de un recurso de casación
- Respecto al planteamiento del recurso de casación se tiene entre otros, el razonamiento expuesto en
- Es así que, cuando se plantea recurso de casación en el fondo lo que se
- Al respecto, Gonzalo Castellanos Trigo en su obra “Análisis doctrinal y jurisprudencial del Código de
- Expuesta como está la doctrina aplicable al presente caso, corresponde realizar las siguientes consideraciones
- Todo lo hasta aquí señalado, significa que, para que este Tribunal Supremo pueda realizar un
- Bajo ese contexto, en el caso presente, se advierte que la recurrente, a tiempo de
- Ciertamente, si nos remitimos al texto del recurso de apelación de fs
- Esto hace que este Tribunal Supremo se encuentra imposibilitado de considerar las acusaciones expuestas en
- En el segundo punto de la casación, la recurrente observa la incongruencia omisiva del Auto
- Al respecto, cabe señalar que de acuerdo a lo delineado en el punto III
- Con todo ello podemos concluir que en este caso no concurre la incongruencia omisiva denunciada
- Como tercer reclamo, la recurrente cuestiona los fundamentos de la sentencia de primer grado, y
- En lo que respecta a este cuestionamiento, conviene remitirnos a los lineamientos jurisprudenciales descritos en
- Esta situación, no acontece en el presente proceso, debido a que los argumentos expuestos en
- En esa medida, corresponde también rechazar el argumento expuesto en el punto cuarto de la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
