Auto Supremo AS/0614/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0614/2020

Fecha: 01-Dic-2020

III.1

En  consecuencia, de acuerdo con la doctrina establecida por este Tribunal y  que  se halla contemplada en el acápite III.1 de la presente resolución, respecto al  principio de congruencia se entiende a la coherencia que debe existir entre la resolución y los agravios formulados en alzada en cumplimiento del art. 265.I del CPC, por consiguiente con base en los criterios emitidos por el Ad quem los cuales fueron transcritos precedentemente, se advierte que no es evidente que el Tribunal de alzada haya incurrido en incongruencia omisiva como aduce la parte recurrente.