Bajo ese lineamiento, expresó que la juez provocó vulneración al derecho a la defensa de
Bajo ese lineamiento, expresó que la juez provocó vulneración al derecho a la defensa de Rosa Huanca Quispe de forma irremediable y trascendente al no haber agotado todas las modalidades de citación establecidas en la normativa adjetiva civil al optar por la forma antelada de citación edictal y no tomó en cuenta el carácter supletorio y excepcional de la misma, dada la existencia de un informe a fs. 69 correspondiente al SEGIP que estableció el registro de su domicilio en el Plan 3000 Villa Bolivia calle 16 de julio s/n, lo que posibilitaba la citación por comisión a dicho domicilio, estando claro que dicho informe desvirtuó la posibilidad de la aplicabilidad de la citación edictal de forma antelada, al no ignorarse el domicilio de la codemandada, acusando ello en la primera oportunidad procesal advertida en el recurso de apelación, conllevando a la procedencia de la sanción anulatoria con el fin de restablecer el debido proceso y la aplicabilidad concreta de las normas procesales de orden público
- Expediente:LP-75-20-S
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
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- Bajo ese lineamiento, expresó que la juez provocó vulneración al derecho a la defensa de
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- Del recurso de casación de Javier Richar Tinta Tinta, Ely Barreto Chipana, Willy Mamani Quelca
- De la respuesta al recurso de casación
- No existe respuesta
- III.1. De la nulidad procesal
- Conforme al desarrollo doctrinal y jurisprudencial por este Tribunal sobre la procedencia de las nulidades
- Estos presupuestos legales, han sido establecidos en desarrollo de la garantía constitucional que desprende el
- Por lo manifestado, es indiscutible resaltar y reiterar que la nulidad procesal es una medida
- En ese sentido en el régimen de nulidades procesales, impuesta en la nueva normativa jurisdiccional,
- El principio de trascendencia y el principio de finalidad del acto procesal, sitúan su lugar
- El principio de protección tiene como fundamento la protección del acto, y en ello proteger
- El fundamento del principio de convalidación es que una persona que es parte del proceso
- Asimismo, el principio de conservación que implica la conservación de los actos procesales, la cual
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- Debe tomarse en cuenta que quien interpone el recurso lo hace con el derecho legítimo
- Al respecto, no corresponde anticipar criterio como lo proponen los recurrentes, ya que concierne a
- No obstante el Auto de Vista funda y precisa a detalle lo que representa el
- Por todos los fundamentos expuestos, se tiene que los reclamos vertidos en el recurso de
- Por lo expuesto, corresponde emitir resolución conforme a lo establecido en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
