Auto Supremo AS/0643/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0643/2020

Fecha: 03-Dic-2020

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2. Resolución de primera instancia que fue apelada por la parte demandada mediante escrito de fs. 212 a 217, a cuyo efecto la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº S - 421/2019 de 23 de julio, cursante de fs. 238 a 239 vta., que REVOCÓ la Sentencia de 19 de junio de 2018 y su Auto complementario a fs. 211, consecuentemente declaró IMPROBADA la demanda, bajo los siguientes fundamentos:
La venta efectuada por Luís Gutiérrez Fernández no es contraria a las normas y el orden público, por cuanto fue en acciones y derechos correspondientes al 50% del total del bien objeto de litis, es decir, corresponde a la cuota parte del progenitor reservada para su disposición, en esa medida estando en vida el 5 de agosto de 2015 procedió a la venta de la misma a favor de su hija Ledy Gutiérrez Terceros, no requiriendo para ello del consentimiento de los hijos, siendo suficiente el consentimiento del vendedor dado que dentro la comunidad de gananciales se tiene resguardada la mitad del bien correspondiente a su cónyuge, porque si bien es cierto que para la transferencia de la totalidad del bien ganancial se requiere la voluntad expresa de ambos cónyuges, en el caso bastó el consentimiento de uno de ellos para transferir en el porcentaje del 50%, no pudiendo dicho acto ser declarado nulo, por tenerse la otra mitad latente a fin de que los herederos incluida la demandada puedan disponerlo en el marco de la legítima que les pudiera corresponder