En la forma
CONSIDERANDO II:
CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Conforme lo expuesto en el recurso de casación de Gari Carlos Gutiérrez Terceros, se tienen los siguientes reclamos:
En la forma
CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Conforme lo expuesto en el recurso de casación de Gari Carlos Gutiérrez Terceros, se tienen los siguientes reclamos:
En la forma
- Proceso: Nulidad de escritura pública
- VISTOS: El recurso de casación planteado por Gari Carlos Gutiérrez Terceros cursante de fs
- 2
- Expresó que se pudo evidenciar que el juez no realizó una valoración suficiente a las
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- En la forma
- Acusó que el Auto de Vista Nº S-421/2019, revocó la sentencia con base en el
- Concluyó solicitando casar el Auto de Vista Nº S-421/2019, consecuentemente declarando probada la demanda
- De la respuesta al recurso de casación
- No existe respuesta
- III.1. Del régimen de la comunidad ganancial en el matrimonio
- El matrimonio es una institución antigua que a través del tiempo se fue desarrollando y
- El Código de las Familias y del Proceso Familiar Ley Nº 603, en el art
- El régimen de la comunidad de gananciales está compuesto por los bienes propios con los
- La determinación de los bienes propios y comunes –según manifestamos- se encuentra claramente descrita y
- La forma común de conclusión de la comunidad ganancial es por disolución del vínculo conyugal
- 1
- En ese contexto el Código de las Familias y del Proceso Familiar en el art
- En cuanto a las causas de la terminación de la comunidad ganancial se tiene lo
- El art
- La Constitución Política del Estado como base legal fundamental del Estado boliviano, en el art
- Respecto a la conclusión de la comunidad ganancial, se tiene que una de las causas
- De la revisión documental cursante de fs
- En tal sentido, en las condiciones definidas supra, no resulta viable que alguno de los
- Con esos antecedentes normativos con aplicación al caso se tiene que la transferencia fue realizada
- Si bien en el caso concreto el copropietario del bien ganancial decidió vender su 50
- Así el Auto de Vista de 23 de julio cursante de fs
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
