Así el Auto de Vista de 23 de julio cursante de fs
Así el Auto de Vista de 23 de julio cursante de fs. 238 a 239 vta., realizó un análisis correcto al expresar que: “Sobre la ganancialidad del bien, dentro la comunidad de gananciales durante el matrimonio o en su ruptura, se tiene resguardada la mitad del derecho que le pudiere corresponder al progenitor o progenitora, en todo caso es cierto y evidente que para la transferencia del bien en su totalidad se requiere la voluntad expresa de ambos cónyuges, empero, si la voluntad va dirigida en transferir su cuota parte ya sea por parte del progenitor o la progenitora, basta el consentimiento de uno de ellos en sus acciones y derechos o el porcentaje del 50%, circunstancia que ocurrió en el presente caso, toda vez que Luis Gutiérrez Fernández en vida decidió vender su parte del 50% a Ledy Gutiérrez Terceros, por lo que dicho acto no podría ser declarado nulo cuando se tiene latente la otra mitad del 50% a fin de que los herederos del mismo, incluida la parte demandada, puedan disponerlo en el marco de la legítima que les pudiera corresponder”, fundamentó claramente el caso sin que exista vulneración a derecho sucesorio alguno ni transgresión el principio de igualdad de los hijos
- Proceso: Nulidad de escritura pública
- VISTOS: El recurso de casación planteado por Gari Carlos Gutiérrez Terceros cursante de fs
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- Expresó que se pudo evidenciar que el juez no realizó una valoración suficiente a las
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- En la forma
- Acusó que el Auto de Vista Nº S-421/2019, revocó la sentencia con base en el
- Concluyó solicitando casar el Auto de Vista Nº S-421/2019, consecuentemente declarando probada la demanda
- De la respuesta al recurso de casación
- No existe respuesta
- III.1. Del régimen de la comunidad ganancial en el matrimonio
- El matrimonio es una institución antigua que a través del tiempo se fue desarrollando y
- El Código de las Familias y del Proceso Familiar Ley Nº 603, en el art
- El régimen de la comunidad de gananciales está compuesto por los bienes propios con los
- La determinación de los bienes propios y comunes –según manifestamos- se encuentra claramente descrita y
- La forma común de conclusión de la comunidad ganancial es por disolución del vínculo conyugal
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- En ese contexto el Código de las Familias y del Proceso Familiar en el art
- En cuanto a las causas de la terminación de la comunidad ganancial se tiene lo
- El art
- La Constitución Política del Estado como base legal fundamental del Estado boliviano, en el art
- Respecto a la conclusión de la comunidad ganancial, se tiene que una de las causas
- De la revisión documental cursante de fs
- En tal sentido, en las condiciones definidas supra, no resulta viable que alguno de los
- Con esos antecedentes normativos con aplicación al caso se tiene que la transferencia fue realizada
- Si bien en el caso concreto el copropietario del bien ganancial decidió vender su 50
- Así el Auto de Vista de 23 de julio cursante de fs
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
