Auto Supremo AS/0714/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0714/2020

Fecha: 11-Dic-2020

III.2. Fundamentos Jurídicos del Fallo

III.2. Fundamentos Jurídicos del Fallo

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

1. Cursa Sentencia 007/2018 de 10 de enero, por la cual, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Quinto del departamento de La Paz, declaró improbada la demanda laboral instaurada por Brígida Victoria Burgoa Flores contra Manaco S.A., al haber establecido que no existe relación jurídico laboral entre la demandante y la empresa demandada (fs. 2798 a 2808).

2. Por memorial presentado el 24 de enero de 2018, la demandante formuló recurso de apelación contra la Sentencia 007/2018, señalando que dicho fallo es incongruente y contrario a las disposiciones y principios laborales comprendidos en el art. 48 de la CPE, al haber desconocido que las normas laborales deben interpretarse y aplicarse bajo los principios de protección a las trabajadoras y los trabajadores, de primacía de la relación laboral e inversión de la prueba a favor de los mismos, puesto que incurrió en una errónea valoración de la prueba al establecer la inexistencia de la relación laboral de la actora con la empresa demandada (fs. 2815 a 2831 vlta.).

3. A través de Auto de Vista 18/2020 de 21 de febrero, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal departamental de Justicia de La Paz, se confirmó la Sentencia apelada, al haber establecido que la valoración de la prueba por parte del Juez a quo, fue correcta, en el entendido que entre la demandante y la empresa demandada, no existió una relación laboral sino un trato de naturaleza civil y comercial, como consignataria de mercadería y uso de nombre comercial (fs. 3038 a 3047 vta. vta.).