Auto Supremo AS/0025/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0025/2020

Fecha: 12-Feb-2020

En virtud de lo expresado, queda claro que no existe un plazo determinado a efecto

En virtud de lo expresado, queda claro que no existe un plazo determinado a efecto de la interposición de la demanda de reincorporación laboral, precisando además que el Tribunal Constitucional Plurinacional señaló en su jurisprudencia, que no se encuentra en el ámbito de su competencia el determinar la materialización del pago de los salarios devengados, correspondiendo al juzgador ordinario en la materia, como una consecuencia de la reincorporación, cuando tal medida tenga lugar, fijándose como única condición al efecto, el no haber percibido ingresos por el desempeño de otras funciones en otra fuente laboral, durante el tiempo que duró la desvinculación