I.1.Antecedentes del proceso
VISTOS: El recurso de casación de fojas 989 a 991 y vuelta, interpuesto por Humberto Saravia Cok; el recurso de casación de fs. 993 a 995 planteado por José Paul Aramayo Salinas en representación legal de la Sociedad. ADM. SAO. SA. en virtud al Testimonio Poder Nº 911/2018 de 2 de agosto de 2018, otorgado ante la Notaría de Fe Pública Nº 13 del Distrito Judicial de Santa Cruz y el recurso de casación de fs. 1007 a 1009 y vlta, interpuesto por Daniel Pérez Romero representante legal de Alejandro Nicolás Rosales Dorado, en virtud al testimonio poder 297/2019 otorgado por la Notaría de Fe Pública Nº 46 de la ciudad de Santa Cruz, recursos interpuestos contra el Auto de Vista Nº 48 de 21 de marzo de 2019, pronunciado por la Sala Primera en Materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social de reintegro de beneficios sociales seguido por Humberto Saravia Cok y Alejandro Nicolás Rosales Dorado, contra la Sociedad ADM. SAO SA., el Auto Nº 41/2019 de 29 de mayo que concedió los recursos (Fs. 1017 y vlta), el Auto N° 212/2019-A de 26 de junio (fs. 1027 y vlta.) que admitió los recursos, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
- I.1.Antecedentes del proceso
- Alejandro Nicolás Rosales Dorado y Humberto Saravia Cok, a través de sus representantes legales, en
- Cumplidas las formalidades procesales, el juez emitió la Sentencia Nº 14/2018 de 9 de abril,
- Humberto Saravia Cok
- Deducido el recurso de apelación, la Sala Primera en Materia de Trabajo y Seguridad Social
- I.3 Motivos de los recursos de casación
- Recurso de Casación interpuesto por Humberto Sarabia Cok
- En su petitorio, solicita se case el Auto de Vista Nº 48/2019 de 21 de
- Recurso de Casación interpuesto por la Sociedad ADM. SAO. SA
- 3
- Continúa señalando, que tampoco corresponde la multa del 30%, además que la misma debe ser
- En su petitorio, solicita se case el auto recurrido con costas, declarando improbada la demanda
- Notificada la parte demandante con el recurso de casación, según consta a fs
- Recurso de Casación interpuesto por Alejandro Nicolás Rosales Dorado
- El recurrente acusa y describe las mimas vulneraciones alegadas por el otro demandante, Humberto Sarabia
- Notificada la parte demandada con el recurso de casación, según consta a fs
- Consideraciones previas
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- 1.2. Argumentos de derecho y hecho
- Precisadas las formalidades con las cuales se resolverá este recurso de casación, a continuación corresponde
- 1.2.1. Horas Extraordinarias
- Al respecto el art
- En concordancia con la norma citada en el párrafo precedente, el artículo 36 del Decreto
- En el presente caso de autos y de los antecedentes del proceso, se constata que
- Por otro lado de pruebas cursantes en obrados, de fs
- Al respecto corresponde considerar y tomar en cuenta también, la presunción contenida en el inciso
- 1.2.2. Sueldo Promedio Indemnizable
- El demandado, señala que no corresponde la reliquidación de beneficios sociales fijados a favor de
- En primer término nos referimos al sueldo promedio indemnizable, correspondiendo señalar que el art
- El salario como elemento integrante de la relación laboral se define como la retribución que
- Por las normas precedentemente glosadas y de acuerdo a los antecedentes del proceso, se establece
- Igualmente el empleador refiere que no corresponde el incremento del bono de antigüedad, al respecto
- Del análisis efectuado a esta normativa, se puede concluir que en la actualidad la multa
- Corresponde aclarar, que la multa del 30% es aplicable también a las horas extras
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, se concluye que al ser evidentes en parte
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
