Bajo esos lineamientos, se advierte que en el caso de autos, tramitado el proceso de
Bajo esos lineamientos, se advierte que en el caso de autos, tramitado el proceso de divorcio, que fue interpuesto por Héctor Rolando Guzmán Espada, se observa que este concluyó con la emisión de la Sentencia Nº 365/04 de 08 de octubre de 2004, que declaró disuelto el vínculo matrimonial de Héctor Rolando Guzmán Espada y Silvia Ximena Montecinos Durán, resolución que declaró probada la demanda principal y dispuso la cancelación de la partida matrimonial ante la Dirección Departamental del Registro Civil de La Paz
- Partes: Silvia Ximena Montecinos Durán c/ Héctor Rolando Guzmán Espada
- Proceso: Divorcio, seguido de división y partición de bienes gananciales
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- En vía incidental dependiente del proceso de divorcio, Silvia Ximena Montecinos Durán interpuso demanda de
- Resolución de segunda instancia que fue recurrida en casación por Silvia Ximena Montecinos Durán, conforme
- En el marco de lo preceptuado en el art
- En autos, se trata de un Auto de Vista pronunciado con relación al recurso de
- CONSIDERANDO III
- Sobre el particular como se expuso en el punto precedente el principio de impugnación presupone
- Por tal situación, toda determinación emergente de la fase de ejecución de sentencia, en principio
- Cabe aclarar que en el proceso el A quo aplicó el entendimiento de la SCP
- En virtud a lo expuesto en la doctrina aplicable al caso de autos, corresponde a
- En ese entendido, el art
- Bajo esos lineamientos, se advierte que en el caso de autos, tramitado el proceso de
- Antecedentes en virtud a los cuales, Silvia Ximena Montecinos Durán, interpone una acción incidental al
- De estas consideraciones, se infiere claramente que el Auto de Vista de 31 de diciembre
- En mérito a lo examinado, por razón lógica y sentido común se hace innecesario considerar
- Por los fundamentos precedentemente vertidos, corresponde emitir fallo conforme a lo previsto en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
