El derecho a recurrir, constitucionalmente consagrado como una garantía del debido proceso y de la
El derecho a recurrir, constitucionalmente consagrado como una garantía del debido proceso y de la tutela judicial efectiva, se encuentra regulado por las normas que determinan los elementos que deben observarse para su ejercicio, en el caso presente, al tratarse de un recurso de casación, ese derecho se rige por los artículos 184.I de la Constitución Política del Estado (CPE) y 416 al 420 del CPP. En ese ámbito, la norma procesal penal establece requisitos que deben ser observados para su admisión. En el caso, los cuatro agravios traídos a consideración de esta Sala incumples las exigencias para la interposición del recurso de casación previstas por los arts. 416 y ss. del CPP, pues como puede establecerse del contenido de los mismos no se invocan precedentes menos se establece alguna contradicción con el Auto de Vista impugnado
- Por Sentencia 30/08 de 6 de septiembre de fs
- El 6 de enero de 2020, como consta en la diligencia de notificación que corre
- El imputado no está suficientemente individualizado [art
- Fundamentación contradictoria de la Sentencia [art
- La sentencia se basa en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- En el caso en examen, se establece que el recurrente cumplió con el requisito relativo
- El derecho a recurrir, constitucionalmente consagrado como una garantía del debido proceso y de la
- Sin embargo, es posible una eventual flexibilización de los requisitos de admisibilidad cuando los agravios
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
