Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0193/2020-RRC
Fecha: 17-Feb-2020
II.2.De la Sentencia
II.2.De la Sentencia
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Por memorial presentado el 6 de mayo de 2019, José Erwin Céspedes Paniagua, de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 44/2018 de 10 de agosto (fs
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Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 630/2019-RA de 22 de agosto,
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Reclama el recurrente que el Auto de Vista fue emitido con vulneración de sus derechos
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El recurrente solicita se declare fundado el recurso de casación, ordenando se emita nuevo Auto
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 630/2019-RA de 22 de agosto, de fs
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II.1.Del Acta de audiencia de celebración de juicio oral de 9 de octubre de 2017
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Instalada la audiencia de juicio oral, el presidente del Tribunal pasó a la etapa de
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Corrido traslado al Ministerio Público y a la Fundación Jessika Borda, respectivamente, para que contesten
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II.2.De la Sentencia
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Por Sentencia 44/2018 de 10 de agosto, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
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II.3. Del recurso de apelación restringida del imputado
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Afirma que planteó incidente de actividad procesal defectuosa por la mala realización de la inspección
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Con relación a la reserva de apelación interpuesta por el imputado contra la Resolución de
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III.1. Del precedente invocado
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El recurrente invoca el Auto Supremo 5 de 26 de enero de 2007, que fue
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De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
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a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
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c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
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La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
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e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
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Del precedente invocado, se tiene que resolvió una temática procesal similar a la que denuncia
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III.2. Sobre la no recurribilidad vía casación de la resolución de apelación incidental
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Antes de ingresar al análisis del presente recurso, corresponde precisar que no toda Resolución es
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Al respecto el Auto Supremo 272/2013-RRC de 17 de octubre, estableció: “Finalmente es pertinente dejar
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De donde se tiene que únicamente pueden ser impugnables en casación los Autos de Vista
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III.3. Actividad procesal defectuosa, nulidades procesales y principios que las rigen
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Es preciso tener presente que el régimen de nulidades procesales está sujeto a determinados principios,
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“El principio de legalidad o especificidad, señala, no hay nulidad sin texto (pas de nullite sans
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El principio de Subsanación, que establece que no hay nulidad si el vicio alegado, no influye
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Todos estos principios (y otros que no fueron citados) orientadores de las nulidades, deben ser
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Respecto a los defectos absolutos, este Tribunal de justicia, en el Auto Supremo 021/2012-RRC de
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III.4. Análisis del caso concreto
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Sintetizada la denuncia, se tiene que el recurrente reclama que el Auto de Vista no
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Previamente corresponde precisar, que los Tribunales de alzada a momento de emitir sus fallos deben
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Ingresando al análisis del presente recurso, resulta necesario destacar conforme se precisó en los antecedentes
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Emitida la Sentencia condenatoria, el imputado conforme lo extractado en el acápite II
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Al respecto el Auto de Vista impugnado señaló que, con relación a la reserva de
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De esa relación necesaria de antecedentes, respecto a la denuncia de omisión de pronunciamiento en
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En relación al planteamiento de omisión de pronunciamiento respecto al reclamo concerniente al incidente de
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De lo expuesto, se concluye que el reclamo vertido por el recurrente resulta insuficiente, que
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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FDO
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Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
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