Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0199/2020-RA
Fecha: 18-Feb-2020
-
Por memoriales presentados el 27 y 29 de enero de 2020, Elsa Antonia Torres Durán
-
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
-
Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Elsa Antonia Torres Durán y el Ministerio Público
-
II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
-
De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
-
Refiere la existencia de defecto absoluto en el Auto de Vista que vulnera el derecho
-
Respecto de lo señalado, refiere que si bien el Auto de Vista declara parcialmente procedente
-
Con relación a lo manifestado, la recurrente señala que el Auto de Vista no hubiera
-
Con relación al art
-
Sobre la precisión de la restricción o disminución de sus derechos o garantías constitucionales menciona
-
II.2. Recuso de casación de Martha Beatríz Illanes Virgo
-
Hace referencia a la Sentencia por la cual fue absuelta de la comisión de los
-
Refiere que en el segundo motivo de apelación restringida de la acusadora particular, se denunció
-
El art
-
En este contexto, el art
-
Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
-
ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
-
Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
-
iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
-
El precepto legal contenido en el citado art
-
Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
-
Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
-
Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
-
En el caso de autos se advierte que el 20 y 21 de enero de
-
IV.1.Recuso de casación de Elsa Antonia Torres Durán
-
Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios las Sentencias Constitucionales 224/2015-S2 de
-
Finalmente, se observa que la recurrente también invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 225/2013-RA
-
No obstante, se advierte que identificó el hecho concreto que le causa agravio y el
-
IV.2. Recuso de casación de Martha Beatríz Illanes Virgo
-
En el caso del citado recurso, se advierte que la recurrente hace referencia a la
-
Pese a dicha falencia recursiva en el ámbito de análisis del art
-
Regístrese, hágase saber y cúmplase
-
FDO
-
Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
Otros enlaces de interés: