Por memoriales presentados el 27 y 29 de enero de 2020, Elsa Antonia Torres Durán
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 199/2020-RA
Sucre, 18 de febrero de 2020
Expediente: Chuquisaca 9/2020
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada : Martha Beatríz Illanes Virgo
Delitos : Falsedad Ideológica y otro
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 27 y 29 de enero de 2020, Elsa Antonia Torres Durán y Martha Beatríz Illanes Virgo, de fs. 265 a 270 vta. y 273 a 282, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 21/2020 de 14 de enero, de fs. 238 a 244 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Elsa Antonia Torres Durán contra Martha Beatríz Illanes Virgo, por la presunta comisión de los delitos de Falso Testimonio y Falsedad Ideológica, previstos y sancionados por los arts. 169 y 199 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 199/2020-RA
Sucre, 18 de febrero de 2020
Expediente: Chuquisaca 9/2020
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada : Martha Beatríz Illanes Virgo
Delitos : Falsedad Ideológica y otro
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 27 y 29 de enero de 2020, Elsa Antonia Torres Durán y Martha Beatríz Illanes Virgo, de fs. 265 a 270 vta. y 273 a 282, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista 21/2020 de 14 de enero, de fs. 238 a 244 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Elsa Antonia Torres Durán contra Martha Beatríz Illanes Virgo, por la presunta comisión de los delitos de Falso Testimonio y Falsedad Ideológica, previstos y sancionados por los arts. 169 y 199 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memoriales presentados el 27 y 29 de enero de 2020, Elsa Antonia Torres Durán
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Elsa Antonia Torres Durán y el Ministerio Público
- II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- Refiere la existencia de defecto absoluto en el Auto de Vista que vulnera el derecho
- Respecto de lo señalado, refiere que si bien el Auto de Vista declara parcialmente procedente
- Con relación a lo manifestado, la recurrente señala que el Auto de Vista no hubiera
- Con relación al art
- Sobre la precisión de la restricción o disminución de sus derechos o garantías constitucionales menciona
- II.2. Recuso de casación de Martha Beatríz Illanes Virgo
- Hace referencia a la Sentencia por la cual fue absuelta de la comisión de los
- Refiere que en el segundo motivo de apelación restringida de la acusadora particular, se denunció
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el 20 y 21 de enero de
- IV.1.Recuso de casación de Elsa Antonia Torres Durán
- Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios las Sentencias Constitucionales 224/2015-S2 de
- Finalmente, se observa que la recurrente también invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 225/2013-RA
- No obstante, se advierte que identificó el hecho concreto que le causa agravio y el
- IV.2. Recuso de casación de Martha Beatríz Illanes Virgo
- En el caso del citado recurso, se advierte que la recurrente hace referencia a la
- Pese a dicha falencia recursiva en el ámbito de análisis del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
