Auto Supremo AS/0199/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0199/2020-RA

Fecha: 18-Feb-2020

No obstante, se advierte que identificó el hecho concreto que le causa agravio y el


No obstante, se advierte que identificó el hecho concreto que le causa agravio y el argumento del Auto de Vista que habría originado la restricción al enfatizar que el Auto de Vista carece de fundamentación al resolver el primer punto de su apelación restringida incurriendo en una confusión e incongruencia siendo que el hecho de que la imputada haya declarado una falsedad en el proceso de reconocimiento de firmas sería completamente diferente al hecho acusado de hacer insertar declaraciones falsas en un instrumento público (Acta de audiencia de reconocimiento de firmas), sin observar que la participación de la imputada en el hecho que se le atribuye configuró todos los elementos del tipo penal de Falsedad Ideológica; la inobservancia de que al haberse condenado por el delito de Falso Testimonio se debió aplicar el concurso ideal de delitos previsto en el art. 44 del CP, ante la existencia de dos delitos); precisando asimismo la vulneración de sus derechos constitucionales al debido proceso en su vertiente de legalidad y debida fundamentación; en consecuencia, se tiene explicado en qué consistió las omisiones y deficiencias en que incurrió el Tribunal de alzada; y, el resultado dañoso emergente del defecto por la carencia de fundamentación al resolver el recurso de apelación planteado; por lo que, se observa que la recurrente cumplió con los presupuestos de flexibilización detallados en la parte final del acápite anterior de la presente resolución, haciendo viable la admisión del recurso en forma extraordinaria