Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
Magistrado Presidente Dr. Edwin Aguayo Arando
Magistrado Dr. Olvis Eguez Oliva
Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
- Por memorial presentado el 21 de octubre de 2019, fs
- Por Sentencia 014/2019 de 1 de julio, fs
- Contra la mencionada Sentencia, Ricardo Soleto Rejas, fs
- El 14 de octubre de 2019, como informa diligencia sentada a fs
- Previa mención de antecedentes del proceso y hechos que formaron parte del enjuiciamiento, señalando además
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- En cuanto al requisito plazo, se tiene que el recurrente fue notificado con el Auto
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
