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    Auto Supremo AS/0223-A/2020-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0223-A/2020-RA

    Fecha: 28-Feb-2020

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    • Por memorial presentado el 24 de octubre de 2018, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Por diligencia de 17 de octubre de 2018 (fs
    • Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Denuncia el recurrente que el Tribunal de alzada no consignó en el considerando I del
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Éste entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que ésta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • A pesar de aquello, se advierte que se reclamó la vulneración de Derechos Fundamentales, y,
    • En relación al segundo motivo, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no efectuó
    • Por otra parte, ante el reclamo de vulneración de Derechos Fundamentales, y, en el ámbito
    • Finalmente, en relación al tercer motivo, la parte recurrente denuncia incongruencia omisiva en relación a
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • FDO
    • Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca

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