Finalmente, en relación al tercer motivo, la parte recurrente denuncia incongruencia omisiva en relación a
Finalmente, en relación al tercer motivo, la parte recurrente denuncia incongruencia omisiva en relación a sus reclamos de apelación restringida relativas a que la Sentencia contiene defecto absoluto derivado de la violación del derecho al debido proceso, en sus componentes derecho a la defensa y a la legalidad procesal; y, de nulidad de la Sentencia porque la fundamentación es insuficiente (art. 370 inc. 5) del CPP). Al respecto, se limitó a transcribir parte de los Autos Supremos 210/2015-RRC de 27 de marzo, 724 de 26 de noviembre de 2004 y 342 de 28 de agosto de 2006, 86/2013 de 26 de marzo, 342 de 28 de agosto de 2006, 177/2013-RRC de 27 de junio de 2013, 622/2013-RRC de 23 de agosto de 2017, 134/2015-RRC de febrero y 396/2014-RRC de 18 de agosto de 2014, razón por la cual, no señaló en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y los precedente invocados, incumpliendo así los requisitos para la admisibilidad prescritos en los arts. 416 y 417 el CPP, deviniendo el presente motivo en inadmisible
- Por memorial presentado el 24 de octubre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 17 de octubre de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Denuncia el recurrente que el Tribunal de alzada no consignó en el considerando I del
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Éste entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que ésta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- A pesar de aquello, se advierte que se reclamó la vulneración de Derechos Fundamentales, y,
- En relación al segundo motivo, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no efectuó
- Por otra parte, ante el reclamo de vulneración de Derechos Fundamentales, y, en el ámbito
- Finalmente, en relación al tercer motivo, la parte recurrente denuncia incongruencia omisiva en relación a
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
