Auto Supremo AS/0097/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0097/2020

Fecha: 06-Mar-2020

Al plantearse el recurso de casación, el mismo no solo debe expresar la voluntad de

Al plantearse el recurso de casación, el mismo no solo debe expresar la voluntad de impugnar, se debe también fundamentar el supuesto agravio, aspectos que no fueron considerados por la recurrente, identificándose una deficiente técnica recursiva, estando así señalado en el art. 271.I del Código Procesal Civil (Causales de Casación) que tiene el siguiente contenido: “El recurso de casación se funda en la existencia de una violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley, sea en la forma o en el fondo….”, norma que tiene estrecha vinculación con lo previsto por el art. 274.I.3., referido a los requisitos de un recurso de casación, que de manera textual señala: “Expresará, con claridad y precisión, la Ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos. Estas especificaciones deberán hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales anteriores, ni suplirse posteriormente”, siendo ése el marco normativo al que se debe adecuar el recurso de casación