Solicita se emita Auto Supremo Casando en su totalidad el Auto de Vista 059/2019 que
Acusa también, de errónea valoración de las pruebas, cursantes de fs. 21 y 55, ambas partes por el acuerdo arribado firmaron un documento en el cual señala como último día laboral el 30 de abril de 2015, lo que claramente prueba que esta fecha es posterior a la fecha en que debía concluir la relación laboral. En relación a la confesión provocada cursante a fs. 55, en la cual solicitan que aclare si existió un acuerdo con la actora para que trabaje más tiempo, respondiendo que sí, se acordó de mutuo acuerdo, pruebas que deben ser valoradas de forma conjunta e integral.
I.3.2. Continúa acusando el recurrente que el auto apelado, carece de la debida fundamentación jurídica.
Solicita se emita Auto Supremo Casando en su totalidad el Auto de Vista 059/2019 que confirma la sentencia de 22 de mayo de 2017 y en su lugar emita resolución fallando en lo principal del litigio
I.3.2. Continúa acusando el recurrente que el auto apelado, carece de la debida fundamentación jurídica.
Solicita se emita Auto Supremo Casando en su totalidad el Auto de Vista 059/2019 que confirma la sentencia de 22 de mayo de 2017 y en su lugar emita resolución fallando en lo principal del litigio
- I.1.Antecedentes del proceso
- Desahucio
- I.2. Auto de Vista
- I
- Solicita se emita Auto Supremo Casando en su totalidad el Auto de Vista 059/2019 que
- 1.1. Consideraciones previas
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- 1.2. Argumentos de hecho y derecho
- La jurisprudencia sentada por este Tribunal, estableció que el recurso de casación constituye una demanda
- Al plantearse el recurso de casación, el mismo no solo debe expresar la voluntad de
- De la lectura de los motivos expuestos y de los fundamentos del recurso de casación
- Al referirnos al desahucio, el mismo está normado en el art
- Ingresando en análisis del caso concreto, se evidencia por el documento privado de trabajo, cursantes
- Por lo mencionado, no es cierto que el Auto de Vista hubiera interpretado erróneamente el
- 1
- Estos requisitos que debe tener o cumplir una sentencia, deben adoptarse por el Auto de
- Es así que de la lectura integra del Auto de Vista Nº 59/2019 de 8
- Asimismo, en el segundo considerando, se concretiza la fundamentación probatoria identificando los elementos de hecho
- Por las consideraciones anotadas éste Tribunal concluye que el Auto de Vista recurrido, cuenta con
- Por último, se debe manifestar que, en el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
