El auto de vista impugnado, no resuelve en absoluto el recurso de apelación de la
El auto de vista impugnado, no resuelve en absoluto el recurso de apelación de la parte demandante, vulnerado de esta forma el derecho de fundamentación y motivación; indica de esta manera, que auto de vista refiere que él actor, no fue despedido, ya que su desvinculación laboral como administrativo de la Universidad, se debió al cumplimiento de su mandato; de la misma forma, no le correspondía el pago de multas ni costas, tal cual establece en el punto g) sin especificar de qué o de dónde, ya que la Ley SAFCO, su decreto reglamentario, y la SCP 100/2013 de 17 de enero, establecen, que contra el estado no proceden pagos de costas y multas; pero que en ninguna parte de la SC 100/2013 citada, establece que contra el Estado no procede las multas del 30% del DS 28699, es más ni siquiera consigna la palabra multa, refiriéndose solamente a la aplicación de las costas y honorarios, por lo que han desarrollado una interpretación arbitraria del DS 28699 de 01 de mayo de 2006, DS 101 de 1 de mayo de 2009, RM 447 de 5 de julio de 2009
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Fabián Antonio Roldan Coelho, en su escrito de demanda de fs
- El monto demandado, alcanza a Bs
- I.2. Auto de Vista
- Contra esta decisión, la Universidad Autónoma del Beni, José Ballivián, por medio de su representante
- Argumentando que el Juez a quo, no realizó una correcta valoración de las pruebas, siendo
- En su petitorio, solicita que este Supremo Tribunal de Justicia, Case el auto de vista
- Concluyó solicitando que se case el auto de vista recurrido, disponiendo que se otorgue el
- 1.1. Consideraciones previas
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- En ese entendido, y con el objeto de resolver los recursos supra señalados, se tiene
- En lo relativo a que el Juez a quo, no ha realizado una correcta valoración
- En mérito a lo expuesto, se concluye que al no ser claras las infracciones acusadas
- Respecto del recurso de casación de la parte demandante
- El auto de vista impugnado, no resuelve en absoluto el recurso de apelación de la
- Del análisis del recurso, se tiene que: respecto a la forma de desvinculación, el recurrente,
- Respecto de la multa del 30% establecida en el Auto de Vista recurrido, se tiene
- Sin embargo, es importante aclarar que de una interpretación cabal de lo previsto en el
- Consiguientemente, al ser ciertas en parte las infracciones acusadas en el recurso de casación en
- POR TANTO: La Sala Social, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Más la actualización en base a la variación de la Unidad de Fomento a la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
