En lo relativo a que el Juez a quo, no ha realizado una correcta valoración
Precisadas las formalidades con las cuales se resolverá el recurso de casación en la forma, a continuación, corresponde fundamentar y motivar nuestra decisión, respecto de las infracciones acusadas por la parte recurrente:
Respecto al recurso de casación en el fondo de parte demandada
En lo relativo a que el Juez a quo, no ha realizado una correcta valoración de las pruebas, siendo parcializada hacia el trabajador, sin aplicar la sana critica, limitándose a tomar como cierto lo manifestado en la demanda interpuesta, independientemente de que la carga de la prueba recaiga sobre el demandado, esto no quiere decir que el trabajador alegremente y sin ningún sustento legal ni real, tenga por cierto lo afirmado en su demanda, sorprendiendo que el tribunal de alzada haya aplicado solamente el principio in dubio pro operario, pese a que la Universidad Autónoma del Beni José Ballivian, demostró la improcedencia del presente proceso, ya que nunca se reconoció que al actor le corresponda el pago de beneficios sociales, demostrando con pruebas idóneas que su derecho a prescrito, conforme a norma
Respecto al recurso de casación en el fondo de parte demandada
En lo relativo a que el Juez a quo, no ha realizado una correcta valoración de las pruebas, siendo parcializada hacia el trabajador, sin aplicar la sana critica, limitándose a tomar como cierto lo manifestado en la demanda interpuesta, independientemente de que la carga de la prueba recaiga sobre el demandado, esto no quiere decir que el trabajador alegremente y sin ningún sustento legal ni real, tenga por cierto lo afirmado en su demanda, sorprendiendo que el tribunal de alzada haya aplicado solamente el principio in dubio pro operario, pese a que la Universidad Autónoma del Beni José Ballivian, demostró la improcedencia del presente proceso, ya que nunca se reconoció que al actor le corresponda el pago de beneficios sociales, demostrando con pruebas idóneas que su derecho a prescrito, conforme a norma
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Fabián Antonio Roldan Coelho, en su escrito de demanda de fs
- El monto demandado, alcanza a Bs
- I.2. Auto de Vista
- Contra esta decisión, la Universidad Autónoma del Beni, José Ballivián, por medio de su representante
- Argumentando que el Juez a quo, no realizó una correcta valoración de las pruebas, siendo
- En su petitorio, solicita que este Supremo Tribunal de Justicia, Case el auto de vista
- Concluyó solicitando que se case el auto de vista recurrido, disponiendo que se otorgue el
- 1.1. Consideraciones previas
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- En ese entendido, y con el objeto de resolver los recursos supra señalados, se tiene
- En lo relativo a que el Juez a quo, no ha realizado una correcta valoración
- En mérito a lo expuesto, se concluye que al no ser claras las infracciones acusadas
- Respecto del recurso de casación de la parte demandante
- El auto de vista impugnado, no resuelve en absoluto el recurso de apelación de la
- Del análisis del recurso, se tiene que: respecto a la forma de desvinculación, el recurrente,
- Respecto de la multa del 30% establecida en el Auto de Vista recurrido, se tiene
- Sin embargo, es importante aclarar que de una interpretación cabal de lo previsto en el
- Consiguientemente, al ser ciertas en parte las infracciones acusadas en el recurso de casación en
- POR TANTO: La Sala Social, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Más la actualización en base a la variación de la Unidad de Fomento a la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
