Auto Supremo AS/0166/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0166/2020

Fecha: 09-Mar-2020

CONSIDERANDO I

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA



Auto Supremo Nº 166/2020
Sucre, 9 de marzo de 2020
Expediente: SC-CA.SAII- CBBA. 457/2019
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 123 a 124, interpuesto por Luis Aldo Omonte Rodriguez en representación legal de la Estación de Servicio CIRCUITO BOLIVIA, impugnando el Auto de Vista Nº 101/2019 de 26 de abril, de fs. 118 a 121, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales, seguido por Lourdes Choque Tola contra la parte recurrente, respuesta de contrario de fs. 133 a 134 vta., el Auto de 1 de octubre, de fs. 131, que concedió el recurso, y Auto N° 466/2019 – A, de 20 de noviembre, de fs. 143 y vta., que admite el recurso de casación; los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Nº 3 de Cochabamba, emitió la Sentencia Nº 56/2016 de 28 de octubre, de fs. 77 a 80 vta., declarando probada en parte la demanda de fs. 8 a 10 y aclarada a fs. 13, en lo que respecta a los conceptos de desahucio, indemnización por tiempo de servicios (6 meses y 14 días), duodécima de aguinaldo de la gestión 2009 (1 mes y 14 días), subsidios de prenatalidad, de natalidad y de lactancia, trabajos en días domingos y feriados, más la actualización y multa del 30% previstas por el D.S. 28699 y probada en parte la excepción perentoria de pago, en lo que respecta a las duodécimas del aguinaldo de la gestión 2009. En consecuencia, se ordena que el representante de la empresa demandada, cancele dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia, la suma de Bs. 23.182,62 en favor de la actora Lourdes Choque Tola, bajo conminatoria de ley