POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184.1 de la Constitución Política del Estado y el art. 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 86 a 88 vta., interpuesto por Carlos Roman Quiroga Lazarte, en representación legal de la demandada, Salomé Escudero Cuellar. Con costas
- Que, tramitado el proceso laboral por pago de beneficios sociales, el Juez Primero de Partido
- Interpuesto el recurso de apelación por la parte demandada, de fs
- Acusa vulneración del principio de seguridad e igualdad jurídica, aludiendo que el juez de primera
- Aclara que la prueba de fs
- Concluyó solicitando que se anule obrados hasta el vicio más antiguo y se emita AUTO
- 1.3. Contestación al recurso de casación
- Irene Condori, en representación del actor contesta el recurso mediante memorial de fs
- CONSIDERANDO II
- Adicionalmente, debe tenerse presente que el juzgador en materia laboral no se encuentra sometido a
- En ese marco, se establece que las pruebas fueron correctamente compulsadas y analizadas por el
- Por lo expuesto, se concluye que el Tribunal de Alzada al emitir el Auto de
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- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
