Auto Supremo AS/0168/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0168/2020

Fecha: 10-Mar-2020

Ante ello y revisados los antecedentes procesales, es palpable que tanto la demanda, la contestación

Ante ello y revisados los antecedentes procesales, es palpable que tanto la demanda, la contestación y las pruebas ofrecidas por las partes, estructuraron una suficiente solidez indiciaria, en relación a lo dispuesto por los arts. 197 y 200 del CPT, para generar convicción en el Juez de grado y el Tribunal de alzada; además, que la parte demandada no demostró -como le es impuesto por ley- una situación contraria; es decir, no aportó elemento probatorio idóneo que haga soporte a la afirmación que la demandante cumplía funciones en “El Portal” de forma eventual y esporádica, como tanta veces alegó en la tramitación del proceso