Auto Supremo AS/0168/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0168/2020

Fecha: 10-Mar-2020

Por memorial de fs

II.- FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Por memorial de fs. 111 a 112, la Empresa “EL PORTAL CENTRO DE CONVENCIONES Y EVENTOS S.R.L”, a través de sus representantes Grover Villanueva Tapia y Sergio Pareja Vargas, interpuso recurso de casación en la forma y en el fondo, contra el indicado Auto de Vista, alegando:
El Tribunal de alzada, incurrió en error de derecho y hecho, al no valorar la prueba de descargo aportada por la empresa; violó e infringió, los principios de igualdad procesal y verdad material, previstos en los numerales 13 y 14 del art. 1 del “Código Procesal del Trabajo” –seguramente quiso referirse al Código Procesal Civil (CPC-2013)-; al no considerar, la prueba producida dentro del término legal que cursan de fs. 48 y 72; que acreditó que la actora no se encuentra registrada en las Administradoras de Fondos y Pensiones, al no ser trabajadora regular de la Empresa EL PORTAL; y su prestación de servicio, fue eventual sólo en algunos de los días específicamente viernes, sábado o domingos; sin que su relación sea permanente y exclusiva; este extremo, también fue demostrado de manera uniforme con las declaraciones de los testigos de descargo de fs. 56 a 57; quienes expresaron, que la actora no fue trabajadora regular de la Empresa y al contrario fue ocasional y eventual