Acusó que el subsidio de frontera no le corresponde a Adrián Tacana Ayala, porque fue
Acusó que el subsidio de frontera no le corresponde a Adrián Tacana Ayala, porque fue estipulado mediante un contrato administrativo de acuerdo al art. 6 del Estatuto del Funcionario Público, mismo que dentro de sus cláusulas se dejó establecido el ámbito de aplicación y por ende el actor conociendo los términos y condiciones estipulados ahora pretende realizar un cobro indebido
- I.1.1. Sentencia
- I.1.2.- Auto de Vista
- Deducido el recurso de apelación, la Sala Civil, Familia, Niño, Niña y Adolecente, Social Contenciosa
- Luego de una relación acerca de las normas en las que se sustenta la procedencia
- Acusó que el subsidio de frontera no le corresponde a Adrián Tacana Ayala, porque fue
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- Agregó, la falta de sustento argumentativo menos motivación del Auto de Vista recurrido, lo que
- Concluyó el memorial solicitando a este Supremo Tribunal, casar, anular obrados o modificar el Auto
- II.1. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs
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- Siendo el único requisito que el trabajador desempeñe sus funciones en un área comprendida dentro
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- Consecuentemente, al haberse evidenciado que la demandante trabajó como funcionario dependiente del Gobierno Autónomo Departamental
- Que, en el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión, violación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
