Siendo el único requisito que el trabajador desempeñe sus funciones en un área comprendida dentro
Siendo el único requisito que el trabajador desempeñe sus funciones en un área comprendida dentro de los cincuenta (50) kilómetros linéales de las fronteras internacionales, sin hacer mención o distinción alguna sobre trabajadores eventuales o de empresas públicas o privadas, sea cual fuere la naturaleza de los trabajos a realizarse o los tipos de contratos
- I.1.1. Sentencia
- I.1.2.- Auto de Vista
- Deducido el recurso de apelación, la Sala Civil, Familia, Niño, Niña y Adolecente, Social Contenciosa
- Luego de una relación acerca de las normas en las que se sustenta la procedencia
- Acusó que el subsidio de frontera no le corresponde a Adrián Tacana Ayala, porque fue
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- Agregó, la falta de sustento argumentativo menos motivación del Auto de Vista recurrido, lo que
- Concluyó el memorial solicitando a este Supremo Tribunal, casar, anular obrados o modificar el Auto
- II.1. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs
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- Siendo el único requisito que el trabajador desempeñe sus funciones en un área comprendida dentro
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- Consecuentemente, al haberse evidenciado que la demandante trabajó como funcionario dependiente del Gobierno Autónomo Departamental
- Que, en el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión, violación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
