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    Auto Supremo AS/0201/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0201/2020

    Fecha: 09-Mar-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Denis Arturo Rodríguez Mercado, en
    • Cesar Coaquira Limachi, en su escrito de fs
    • La Jueza Primera de Trabajo y Seguridad Social de El Alto, en suplencia legal de
    • Que mediante memorial de fs
    • El actor presenta memorial que aclara y modifica demanda de pago de beneficios sociales y
    • Denis Arturo Rodríguez Mercado en representación del Taller mecánico demandado, por memorial de fs
    • Denis Arturo Rodríguez Mercado, por memorial de fs
    • Luego se procedió a constituir la relación jurídico procesal, la apertura del término probatorio de
    • Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia N° 113/2015 de 22 de julio, cursante
    • A consecuencia de lo dispuesto, se establece que la parte demandada deberá pagar en favor
    • I.2. Auto de Vista
    • I.3 Motivos del recurso de casación
    • Dentro el plazo previsto por ley, el representante legal de, “Taller Mecánico”, por escrito de
    • Continúa y refiere que la prueba de descargo ha desvirtuado la demanda laboral, bajo el
    • 3
    • En su petitorio, pide este Tribunal, case el Auto de Vista 75/2019 “…revocando totalmente la
    • 1.1. Consideraciones previas
    • A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
    • En ese sentido, en cumplimiento de la Constitución Política del Estado que tiende a garantizar
    • Bajo esta premisa el principio de la prevalencia o primacía de la realidad, es entendido
    • Respecto de la sustitución de patronos, este Tribunal ha establecido, en el Auto Supremo Nº
    • Es aceptado por la doctrina en la materia que la sustitución de patrón o patronos,
    • El efecto directo de la sustitución patronal prevista en el art
    • Ahora bien, sobre la premisa que la sustitución patronal contenida en el art
    • La norma reseñada transmite que por una parte se preserva el cómputo de años de
    • De lo dicho hasta aquí, para que la configuración de una eventual sustitución de patronos
    • II
    • 1.2. Argumentos de derecho y de hecho
    • Precisadas las formalidades con las cuales se resolverá este recurso de casación, a continuación, corresponde
    • El principal cuestionamiento inmerso en el recurso de casación en el fondo, gravita sobre la
    • Así las cosas, sobre la problemática antes enunciada el Auto de Vista impugnado muestra: “…habiendo
    • Del fragmento precedente, se advierte que la comprensión del Tribunal de Alzada en lo medular
    • En consecuencia, de lo referido supra, se debe tener presente que, en un recurso de
    • Ahora bien, conforme lo anotado se advierte, que el demandado habiendo excepcionado la falta de
    • A ello, en cuanto a la aseveración del recurrente, al pago de beneficios sociales al
    • Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo
    • En el caso, si bien el recurrente acusa la existencia de error de hecho y
    • De lo señalado, se entendería que los cuestionamientos traídos en este punto fueran presuntas omisiones
    • En autos, de acuerdo a las pruebas testificales y confesión provocada y por los argumentos
    • Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar

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