Auto Supremo AS/0201/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0201/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Es aceptado por la doctrina en la materia que la sustitución de patrón o patronos,

Es aceptado por la doctrina en la materia que la sustitución de patrón o patronos, se realiza cuando la empresa o unidad productiva, se transmite de una persona o personas a otra u otras, de forma tal que el todo el patrimonio de una empresa o entidad o parte de éste, pasan a otra persona o personas, sin alterar la unidad de ese patrimonio. La sustitución de patronos no es sino la transferencia de un conjunto de bienes, derechos y obligaciones inherentes entre sí, dispuestos de un dominio a otro, con la característica del mantenimiento de su condición de unidad económica y productiva