Añade que no se cumplió lo dispuesto por el art
Interpuesto el recurso de casación, Noel Fernández Saavedra, en representación legal del Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cochabamba (SEMAPA.), expresa las siguientes vulneraciones:
En la Forma.-
Añade que no se cumplió lo dispuesto por el art. 197 del CPC que textualmente dice: “ (SENTENCIAS CONTRA EL ESTADO ) Todas sentencias dictadas contra el estado, o entidades públicas en general, serán consultadas de oficio ante el superior en grado sin perjuicio de la apelación que pudiera interponerse”, normativa que no sería cumplida por el juez de primera ni segunda instancia, por lo que corresponde al Tribunal Supremo reparar tal inobservancia
En la Forma.-
Añade que no se cumplió lo dispuesto por el art. 197 del CPC que textualmente dice: “ (SENTENCIAS CONTRA EL ESTADO ) Todas sentencias dictadas contra el estado, o entidades públicas en general, serán consultadas de oficio ante el superior en grado sin perjuicio de la apelación que pudiera interponerse”, normativa que no sería cumplida por el juez de primera ni segunda instancia, por lo que corresponde al Tribunal Supremo reparar tal inobservancia
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social Nº
- I.2.- Auto de Vista
- Deducido el recurso de apelación, la Sala Social y Administrativa Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda
- II. FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Añade que no se cumplió lo dispuesto por el art
- Manifiesta que existe un error de cálculo en cuanto a la multa del 30 %
- Agrega que se observó un error de cálculo en cuanto a la multa del 30
- Finalmente solicita se revoque el Auto de Vista
- III. FUNDAMENTOS DE LA CONSTESTACION AL RECURSO DE CASACIÓN
- IV. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- De la lectura de los motivos expuestos y de los fundamentos del recurso de casación
- El art
- A mayor abundamiento, en el Código Procesal Civil, Ley N° 439, ya no existe la
- RECURSO DE CASACIÓN EN EL FONDO
- Respecto al pago de la multa del 30%, el DS
- Es en ese sentido, que ante las aseveraciones de la demandante, cabe señalar que, el
- Bajo este contexto, en el caso concreto, revisando y analizando las pruebas que cursan en
- En lo que respecta a que la liquidación se debe hacer en ejecución de sentencia,
- Sin costas, por disposición del artículo 39 de la Ley N° 1178
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
