Contra la mencionada Sentencia, el imputado Tito Mújica Aguilar (fs
Contra la mencionada Sentencia, el imputado Tito Mújica Aguilar (fs. 921 a 937 vta.), interpuso recurso de apelación restringida, que fue resuelto por Auto de Vista 74/2019 de 23 de agosto, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que rechazó el citado recurso y confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 2 de octubre de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Tito Mújica Aguilar (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Señala que la pérdida del expediente durante la tramitación del proceso le privó de realizar
- Manifiesta que existirían defectos de la sentencia previstos en el art
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- En cuanto al primer motivo de casación el recurrente no invocó precedentes contradictorios de Autos
- En cuanto al segundo motivo de casación señala vulneración a los derechos y garantías constitucionales
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
