Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0278/2020-RRC
Fecha: 18-Mar-2020
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Por memorial presentado el 4 de septiembre de 2019, cursante de fs
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Por Sentencia 44/2018 de 30 de mayo (fs
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Contra la mencionada Sentencia, el imputado Genaro Molle Alanes, interpuso recurso de apelación restringida (fs
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I.1.1. Motivo del Recurso de Casación
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Del memorial de recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público, se extrae el siguiente
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 944/2019-RA de 15 de octubre, este Tribunal admitió el recurso de casación
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II.1.De la Sentencia
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Por Sentencia 44/2018 de 30 de mayo, la Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
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Con la notificación de la Sentencia, el acusado Genaro Molle Alanes interpuso recurso de apelación
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Asimismo, la Sentencia no especificó claramente cuál la participación plena en el hecho punible, siendo
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Posteriormente, el recurrente Subsana el recurso de apelación restringida, aclarando que los defectos denunciados son
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El Auto de Vista 31/2019 de 16 de julio, emitido por la Sala Penal Segunda
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Respecto a la subsanación realizada, el Tribunal de alzada asumió que, conforme a los arts
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En relación a los defectos del art
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Respecto a los defectos del art
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El recurrente advierte que el Tribunal de alzada emitió su fallo carente de fundamentación y
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III.1. La Labor de Contraste en el Recurso de Casación
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El art
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En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
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Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
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De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
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III.2. Análisis del Caso concreto
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El recurrente en el motivo de casación, alude que el Tribunal de alzada emitió su
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El recurrente para fundar el recurso, invoca el Auto Supremo 512 de 11 de octubre
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En efecto, la norma citada establece que: ‘Las sentencias y autos interlocutorios serán fundamentados, expresarán
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II
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El juicio sobre la congruencia de la resolución judicial precisa de la confrontación entre su
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Asimismo, el recurrente invoca para mayor análisis el Auto Supremo 099/2011 de 25 de febrero,
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Establecida la doctrinal legal invocada, que responde a un mismo sentido jurisprudencial, a efectos de
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Seguidamente, el Auto de Vista impugnado, a partir del numeral 2°, procede a realizar una
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En esa línea de análisis se evidencia que el Auto de Vista, en cumplimiento de
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Entonces, al haber incurrido en una falencia recursiva en apelación restringida, en lo pertinente, no
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Es así, que de los argumentos expuestos por el Tribunal de apelación y de la
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A mayor abundamiento, debe dejarse sentado que la naturaleza de la apelación restringida conforme los
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Es así, que de los argumentos expuestos por el Tribunal de apelación, no es posible
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Consiguientemente, el presente motivo de casación, no encuentra sustento de procedencia, al no establecer contradicción
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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FDO
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Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
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