I.2. Auto de Vista
A consecuencia de lo dispuesto, se estableció que la empresa demandada pague en favor del actor la suma de Bs.28.319,36 en lo que respecta al reconocimiento de indemnización, salario devengado, aguinaldo, vacaciones y bono de antigüedad.
I.2. Auto de Vista
I.2. Auto de Vista
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Vladimir Eduardo Salaues Rioja en representación de la
- Ante la imposibilidad de su cumplimiento, el 3 de julio de 2015 decidió presentar su
- Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia de 20 de octubre de 2016 cursante
- I.2. Auto de Vista
- I.3 Motivos del recurso de casación
- Manifestó que el juzgador al reconocer en sentencia el pago del bono de antigüedad en
- En tal sentido, evidenciado el abandono injustificado de su fuente laboral por el lapso de
- En su petitorio, solicitó a este Tribunal se determine la nulidad de obrados hasta el
- 1.1. Consideraciones previas
- Luego de revisados minuciosamente los antecedentes cursantes en el expediente, en cumplimiento del art
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- II
- Así también, el art
- g) Robo o hurto por el trabajador”
- Ahora bien, en cuanto al reconocimiento del pago de bono de antigüedad el cual no
- Con relación al proceso penal, el art
- En ese entendido, tanto el Juez A quo como el Tribunal de alzada, realizaron una
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Con costas en aplicación del art. 223.2 del Código Procesal Civil
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
