Mediante memorial presentado el 19 de julio de 2019 Yuvinka Guerrero Rojas de Villena en
Mediante memorial presentado el 19 de julio de 2019 Yuvinka Guerrero Rojas de Villena en representación legal de la Empresa ELENCON S.R.L., interpuso recurso de casación en fondo y la forma bajo los siguientes argumentos:
EN EL FONDO.-
La actora manifiesta que la sentencia viola los artículos 339, 344 y 568 del Código Civil al resolver y declarar “sin lugar daños y perjuicios”, debiendo tomar en cuenta que la demanda interpuesta por su representada es motivada y presentada ante el incumplimiento del Municipio de Yacuiba en el pago de la planilla de cierre N° 4 debiendo entenderse que la vocación incumplidora tiene efectos jurídicos establecidos por ley siendo aplicable los referidos preceptos legales de Código Civil. Así mismo alega que en sentencia se ha demostrado efectivamente que el Municipio de Yacuiba a incumplido el contrato administrativo de obra, siendo responsable del pago de daños perjuicios
EN EL FONDO.-
La actora manifiesta que la sentencia viola los artículos 339, 344 y 568 del Código Civil al resolver y declarar “sin lugar daños y perjuicios”, debiendo tomar en cuenta que la demanda interpuesta por su representada es motivada y presentada ante el incumplimiento del Municipio de Yacuiba en el pago de la planilla de cierre N° 4 debiendo entenderse que la vocación incumplidora tiene efectos jurídicos establecidos por ley siendo aplicable los referidos preceptos legales de Código Civil. Así mismo alega que en sentencia se ha demostrado efectivamente que el Municipio de Yacuiba a incumplido el contrato administrativo de obra, siendo responsable del pago de daños perjuicios
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Tramitado el proceso contencioso de cumplimiento de contrato y demanda de daños y perjuicios interpuesta
- II
- Señala que la sentencia se limita a transcribir la Clausula Tercera del Contrato Administrativo de
- Manifiesta que en el marco contractual que configura la Clausula Tercera la Planilla o Certificado
- cumplimiento al contrato sin tomar en cuenta que posterior a la recepción definitiva hay obligaciones
- El recurrente señala que el Contrato Administrativo de Obra N° 375/2005 en su clausula Vigésima
- En su petitorio, solicita se emita Auto Supremo CASANDO parcialmente la Sentencia 02/2019 de 25
- III. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN DEL DEMANDANTE
- Mediante memorial presentado el 19 de julio de 2019 Yuvinka Guerrero Rojas de Villena en
- Arguye que la sentencia adolece de un evidente error de hecho y apreciación en la
- Observa la falta de fundamentación en la sentencia al declarar “sin lugar a los daños
- Conforme cursa en obrados el GAMY contesta el recurso de casación de la parte actora
- II. 1. FUNDAMENTOS JURÍDICOS y DOCTRINALES DEL FALLO
- Así establecidos los argumentos esgrimidos por ambas partes, corresponde resolver los recursos planteados en el
- Respecto a la existencia de errores en la valoración de la prueba previamente; cabe señalar
- En relación al punto 2 alega que el auto de vista se limita a transcribir
- En virtud a lo expuesto y una vez analizados los puntos 3 y 4 del
- El recurso de casación en la forma basa su fundamento en la presunta falta de
- Otro aspecto que se cumple con la fundamentación, está inmerso en el entendimiento del fallo,
- Desde la perspectiva señalada, la motivación de las resoluciones judiciales constituye un deber jurídico consagrado
- En el caso en cuestión, se tiene presente que la sentencia fundamenta la determinación asumida
- Bajo estos parámetros se concluye que, al no ser evidentes los reclamos denunciados en los
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
