Auto Supremo AS/0368/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0368/2020

Fecha: 09-Mar-2020

En el Auto de Vista también se hace mención al art

En el Auto de Vista también se hace mención al art. 26 inc. 1) de la ley 482 en la que se establece que el Alcalde tiene atribuciones para para representar al Gobierno Municipal y según el art. 122 de la Constitución Política del Estado señala que “son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como de los actos de los que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley”, siendo de esta manera valido el contrato Nº 1871/2016 firmado el 1 de agosto de 2016, sin embargo el demandante percibió salario hasta abril del 2017