Auto Supremo AS/0373/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0373/2020

Fecha: 09-Mar-2020

III

III.2.- Que, el art. 12 del D.S. N° 21137 representa la garantía de la aplicación objetiva de la ley para todos los trabajadores; por cuanto las entidades del sector público y empresas privadas que desarrollen actividades dentro de los cincuenta kilómetros de las fronteras del país, tienen la obligación de cancelar a favor de sus empleados y trabajadores, el 20% del salario mensual, por concepto de subsidio frontera