Auto Supremo AS/0386/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0386/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Por otro lado, en cuanto a la conclusión de la relación laboral, debe tenerse en

En ese marco, como resultado de la revisión del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, de fs. 799 a 803, respecto a los agravios expuestos en el mismo, contrastados con los fundamentos vertidos en el auto de vista y las infracciones acusadas en el recurso de casación en la forma; se tiene que, el tribunal de alzada no otorgó una respuesta motivada, razonada y con la suficiente fundamentación sobre los aspectos cuestionados de manera puntual en el recurso de apelación, habiendo omitido considerar y pronunciarse respecto al quinto agravio inherente a la vulneración de la seguridad jurídica.
Por otro lado, en cuanto a la conclusión de la relación laboral, debe tenerse en cuenta, que la fundamentación y motivación coherente, al que están compelidos los juzgadores, teniendo en cuenta que fundamentar implica indicar con precisión la norma que justifica la emisión del acto o resolución y motivar una decisión, consiste en describir las circunstancias de hecho que hacen aplicable dicha norma al caso concreto, expresando con claridad de qué manera en autos, correspondía el despido del trabajador, referido en el Auto de Vista, no pudiendo limitarse a señalar las circunstancias y cita de pruebas, obviando la norma en que sustenta el despido intempestivo; toda vez que, se debe explicar la manera en que se opera la adecuación lógica del supuesto de derecho a la situación subjetiva del particular; para cuyo efecto corresponde señalar con precisión las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que se tuvieron en consideración para estimar que el caso puede subsumirse en la hipótesis prevista