Otro principio es el de convalidación en virtud del cual, la nulidad se convalida por
En este sentido, el principio de especificidad se encuentra previsto en el art. 105-1 del CPC, aplicable por la norma remisiva contenida en el art. 252 del CPT, que establece que toda nulidad debe estar expresamente determinada en la Ley, principio que descansa en el hecho que en materia de nulidad, debe haber un manejo cuidadoso y aplicado únicamente a los casos en que sea estrictamente indispensable y que así lo hubiese determinado la ley.
Por su parte, el principio de trascendencia, en virtud del cual no hay nulidad de forma, si la alteración procesal no tiene trascendencia sobre las garantías esenciales de defensa en juicio. Es decir, que se impone para enmendar los perjuicios efectivos que pudieran surgir de la desviación del proceso y que suponga restricción de las garantías a que tienen derecho los litigantes. Responde a la máxima "no hay nulidad sin perjuicio", es decir, que no puede hacerse valer la nulidad cuando la parte, mediante la infracción, no ha sufrido un gravamen.
Otro principio es el de convalidación en virtud del cual, la nulidad se convalida por el consentimiento si no se observa en tiempo oportuno, operándose la ejecutoriedad del acto; es decir, que frente a la necesidad de obtener actos procesales válidos y no nulos, se encuentra la necesidad de obtener actos procesales firmes, sobre los cuales pueda consolidarse el derecho, como lo afirma el tratadista Eduardo Couture, (Fundamentos de Derecho Procesal Civil, pág. 391)
Por su parte, el principio de trascendencia, en virtud del cual no hay nulidad de forma, si la alteración procesal no tiene trascendencia sobre las garantías esenciales de defensa en juicio. Es decir, que se impone para enmendar los perjuicios efectivos que pudieran surgir de la desviación del proceso y que suponga restricción de las garantías a que tienen derecho los litigantes. Responde a la máxima "no hay nulidad sin perjuicio", es decir, que no puede hacerse valer la nulidad cuando la parte, mediante la infracción, no ha sufrido un gravamen.
Otro principio es el de convalidación en virtud del cual, la nulidad se convalida por el consentimiento si no se observa en tiempo oportuno, operándose la ejecutoriedad del acto; es decir, que frente a la necesidad de obtener actos procesales válidos y no nulos, se encuentra la necesidad de obtener actos procesales firmes, sobre los cuales pueda consolidarse el derecho, como lo afirma el tratadista Eduardo Couture, (Fundamentos de Derecho Procesal Civil, pág. 391)
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de Apelación, promovido por la parte demandada y por la parte demandante (fs
- Contra el referido Auto de Vista, la Fundación Desarrollo y Salud Solidaria FUNDESOL representada por
- Que la supuesta relación laboral estaría basada en la presunción de certeza, porque el juzgado
- Alegó que la audiencia de confesión provocada, para contestar el interrogatorio realizado por la parte
- Contestación
- Mediante Auto de 21 de noviembre de 2019, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Es preciso aclarar previamente que, para que la nulidad impetrada opere en el caso de
- Otro principio es el de convalidación en virtud del cual, la nulidad se convalida por
- Finalmente el principio de protección, que establece que la nulidad sólo puede hacerse valer cuando
- Ahora bien, se advierte en el caso que la nulidad solicitada, no se encuentra justificada
- No obstante de ello, se observa que la parte demandada no tuvo en cuenta adecuadamente
- Así planteado el recurso de casación en el fondo, los antecedentes del proceso y las
- Ahora bien, inicialmente corresponde señalar que, conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, tanto
- Por una parte, con la inexcusable valoración conjunta de toda la prueba a la que
- Estos elementos el juzgador debe subsumir en el principio de la verdad material, por el
- En tal dirección por el principio de protección enunciado, que condensa uno de los principales
- Conforme a lo señalado, en la especie se advierte que los de instancia, efectuaron una
- Además de lo anotado corresponde también referir la presunción que rige en la relación de
- Se debe tener presente además que, en materia laboral, la autonomía de la voluntad se
- Por lo que se observa que la Fundación demandada, no ha acreditado con prueba fehaciente
- A ello se debe agregar a mayor abundamiento que, por mandato del art
- Conforme a lo señalado, se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Se regula el honorario profesional del abogado de la parte actora en Bs1
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
