Auto Supremo AS/0234/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0234/2020

Fecha: 27-Jul-2020

En consecuencia, si bien en los procesos laborales rige el principio de inversión de la

En consecuencia, si bien en los procesos laborales rige el principio de inversión de la carga de la prueba, prevista por el art. 3 inc. h), 66 y 150 todos del CPT, el trabajador demandante, independientemente de lo previsto por la Ley, está facultado a ofrecer y producir todos los medios probatorios que considere pertinentes, los cuales deben ser valorados por los jueces de instancia en forma objetiva y acorde al principio de congruencia, ello implica que hay que valorar tanto la prueba que acredite, como la que desvirtúe lo pretendido por el actor, independientemente de que ésta sea de cargo o descargo