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    Auto Supremo AS/0238/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0238/2020

    Fecha: 27-Jul-2020

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    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • La Juez Octavo de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia N°
    • Determinado que le corresponde a la actora, la suma de Bs
    • Disponiendo que la entidad de salud demandada, pague a favor de Aydeé Celina Vásquez Jiménez,
    • Auto de Vista
    • En conocimiento de la Sentencia, la CNS-La Paz a través de Kelly Diony Quisbert Callisaya
    • En conocimiento del señalado Auto de Vista, la entidad de salud demandada, a través de
    • El pago de la multa de 30%, señalada en el DS Nº 28699 de 1
    • Respecto al descuento efectuado en el finiquito, por IVA, los de instancia sostienen que no
    • Solicitó se case el Auto de Vista recurrido; y deliberando en el fondo, se declare
    • Recurso de casación de la demandante
    • En conocimiento del Auto de Vista N° 064/2019 SSA-II de 5 de julio, Aydeé Celina
    • Petitorio
    • Solicitó se case en parte el Auto de Vista recurrido, y se disponga la cancelación
    • Contestación a los recursos
    • Dispuesto el traslado del recurso de casación, mediante Decreto de 10 de septiembre de 2019
    • Por otra parte, corrido en traslado el recurso de casación formulado por la demandante, conforme
    • Admisión del recurso de casación
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • El art
    • La motivación de las resoluciones judiciales constituye un deber jurídico, consagrado constitucionalmente como uno de
    • Motivación que debe contener toda determinación judicial, conforme ha establecido este Tribunal, en anteriores
    • Toda resolución que determine derechos o implique obligaciones, debe contener una debida motivación y fundamentación,
    • En función a las consideraciones antes señaladas, la importancia de la fundamentación y motivación de
    • La congruencia en los fallos que resuelven una apelación
    • El Tribunal de alzada, al resolver una apelación debe inexcusablemente cumplir con tres componentes, que
    • Al respecto de la congruencia externa, la SC 0486/2010-R de 5 de julio, indicó: “El
    • En segunda instancia, pueden darse diversos casos de incongruencia externa; ultra petita, que se produce
    • Es por ello que, una resolución judicial, en mérito al principio de congruencia, debe reunir
    • Análisis del caso concreto
    • Este Tribunal, tiene la obligación de revisar las actuaciones procesales que llegan a su conocimiento,
    • Asimismo, la nulidad constituye una medida de última ratio, de tal modo que su aplicación
    • Sobre este aspecto, Gonzalo Castellanos Trigo, en su libro “Código de Procedimiento Civil: comentado, concordado,
    • En ese orden de ideas, el Tribunal de alzada, cuando resuelve una apelación, debe inexcusablemente
    • En autos, conforme se puede apreciar del Auto de Vista, el Tribunal de alzada, al
    • Esta fundamentación y motivación, la que están compelidos los juzgadores, teniendo en cuenta que fundamentar
    • En el caso, como no se analizó ni resolvió la hipótesis planteada en la apelación
    • En ese sentido, el art
    • Conforme a estas consideraciones, es imperiosa la anulación de obrados para salvar esta situación pues,
    • En ese entendido, se establece que el Tribunal de alzada, ha obrado incorrectamente, fuera del
    • El error cometido por el Tribunal de apelación, no es excusable; por lo que, se
    • En cumplimiento a lo previsto en el art
    • Regístrese, comuníquese y cúmplase.-

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