Auto Supremo AS/0238/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0238/2020

Fecha: 27-Jul-2020

En conocimiento del Auto de Vista N° 064/2019 SSA-II de 5 de julio, Aydeé Celina

En conocimiento del Auto de Vista N° 064/2019 SSA-II de 5 de julio, Aydeé Celina Vásquez Jiménez, interpuso recurso de casación de fs. 421 a 422, señalando lo siguiente:
El DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2016, en su art. 9-I, prevé un plazo impostergable de 15 días calendario, a partir de la desvinculación laboral, para que la parte empleadora, cancele a favor del trabajador los derechos y beneficios que le corresponden; siendo así, ante el hecho de no pagarse o hacerlo tardíamente, corresponde la aplicación de la multa prevista, al total de los beneficios que debieron pagarse o se pagaron fuera del plazo establecido; como se señala en el Auto Supremo Nº 104 de 22 de mayo de 2014 (no señala la Sala que lo emitió); razón por la que, debe aplicarse la multa por el monto total de los beneficios, que fueron cancelados en forma incompleta y tardía