Auto Supremo AS/0300/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0300/2020

Fecha: 27-Jul-2020

Señaló en cuanto a que no se habría desvirtuado el tiempo de servicios desde mayo

Señaló en cuanto a que no se habría desvirtuado el tiempo de servicios desde mayo del 2004 a agosto del 2015, no se habría otorgado el valor probatorio a la confesión del demandante, porque los servicios fueron de forma esporádica y no permanentes, presentándose al efecto, una planilla de trabajos realizados, calificándola insuficiente al afirmar que no se cumpliría con una formalidad probatoria, no ajustándose al art. 160 de la Ley General del Trabajo (LGT), vulnerándose el principio de la sana critica