Conclusión
Conclusión:
Bajo esos parámetros se concluye que, el Auto de Vista impugnado al confirmar la Sentencia, se ajustó a las normas legales en vigencia, interpretando y aplicando correctamente la ley; resultando en consecuencia no ser cierto ni evidente lo acusado en el recurso interpuesto; por lo que corresponde aplicar lo establecido en el 220-II del CPC-2013, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT
Bajo esos parámetros se concluye que, el Auto de Vista impugnado al confirmar la Sentencia, se ajustó a las normas legales en vigencia, interpretando y aplicando correctamente la ley; resultando en consecuencia no ser cierto ni evidente lo acusado en el recurso interpuesto; por lo que corresponde aplicar lo establecido en el 220-II del CPC-2013, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT
- Magistrado Relator:Lic. Esteban Miranda Terán
- Sentencia
- Auto de Vista
- Contra el referido Auto de Vista, Carlos Enrique Taboada Bejarano, en representación de la Fábrica
- Refiere, que estos 21 días de vacación que deben de cancelarse a la trabajadora, deberá
- Petitorio
- Contestación al recurso y petitorio
- Doctrina aplicable al caso
- Sin embargo, el precitado artículo, establece excepciones para ambas reglas; en el primer caso referente
- Por otra parte corresponde referir, que dada la implicancia de los derechos tutelados en materia
- Por otra parte, dentro del proceso social, se ha instituido reglas constitucionales la aplicación de
- 1
- De esta manera, remitiéndonos a los fundamentos en el Auto de Vista; el Tribunal
- Conforme se desglosó precedentemente, de conformidad con los arts
- En cuanto a la retención del RC-IVA, por concepto de cancelación de vacaciones, es aplicable
- En consecuencia, en el marco de las acusaciones expuestas por el recurrente, este Tribunal Supremo
- Conclusión
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Se regula el honorario profesional del abogado patrocinante, en Bs
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
