Auto Supremo AS/0348/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0348/2020

Fecha: 27-Jul-2020

La Sentencia, sustentó su decisión de declarar probada en parte la demanda, en lo dispuesto

La Sentencia, sustentó su decisión de declarar probada en parte la demanda, en lo dispuesto por el art. 3 inc. j) y 158 del Código Procesal del Trabajo (CPT), sin embargo, no interpretó a cabalidad las pruebas, siendo que se demostró que el actor, si bien convocó dos testigos, estos fueron solo referenciales, porque, los aludidos alegaron que vieron o presenciaron un trabajo realizado por el actor a partir del 1 de febrero de 1999 (como si hubiesen estado presentes en esa fecha), también constataron, al igual que el Juez en la inspección ocular, que esos trabajos se realizaban y siguen realizándose en un sector o parcela de la propiedad del demandante, donde tiene su ganado, para su propio beneficio; esa falta de apreciación debida de la prueba, ocasionó a que se conceda en Sentencia una exorbitante suma y que fue confirmada en alzada, en menoscabo de sus intereses; vulnerando de esa manera el art. 48-II de la Constitución Política del Estado (CPE), no obstante que se demostró que no existió relación obrero patronal entre el actor y su persona, basada en los principios de subordinación, dependencia o salario